ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO DE AUTO-TAXI
EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE GUMIEL DE IZAN (BURGOS)


Artículo 1.- Fundamento legal. Objeto.
La presente Ordenanza se dicta de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 20.1.ñ) de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de
Castilla y León; los artículos 23 y siguientes de la Ley 15/2002, de 28 de
noviembre, de Transporte Urbano y Metropolitano de Castilla y León; y
el Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos de Transporte en
Automóviles Ligeros.
El objeto de la presente Ordenanza es la regulación del transporte
público de viajeros en automóviles de turismo, auto-taxi, que se preste
en el término municipal de Gumiel de Izán (Burgos).

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28/07/2021

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